martes, 18 de febrero de 2020

Servicios de Gestoría en Madrid

Nuestro servicio de gestoria

La gestoría entrega un permiso provisional al comprador para que pueda circular con el vehículo y le envía el Permiso de Ciculación definitivo a su nombre en unos días. 


Por regla general, la Notificación de Venta solo tienes que presentarla si no se tienes constancia de que el comprador ha realizado el trámite de cambio de titularidad en los 10 días siguientes a la compraventa. Habiendo comprado un vehículo de gerencia” en concesionario oficial de la marca el 31 de Julio, me dan un Justificante Profesional de solicitud de cambio de titularidad de la Tarjeta de Inspección Técnica y del Permiso de circulación en el cual especifica que es improrrogable.



Otra posibilidad es que liquidaras tú el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Madrid, y llevaras a la gestoría de Ibiza el ejemplar para la administración” a fin de que pueda tramitar el cambio de titularidad por ti en la DGT. La gestoría no está obligada a comprobar si el vehículo tiene cargas gravámenes, a no ser que el cliente se lo pida expresamente y lo pague, aunque si suele recomendar al comprador que pida, antes de la compra, un Informe del Vehículo de la DGT, para verificar que no hay ningún impedimento para hacer el trámite.



Los datos del comprador indicados en el contrato de compraventa del vehículo deben coincidir con los datos del Sujeto Pasivo” declarados en el impreso de autoliquidación del ITP, para que no haya problema. La idea es entregarle el vehículo el día que vayamos a la gestoría para hacer los trámites, pero obviamente no me parece buena idea que haya alguien conduciendo un vehículo que esté a mi nombre en la DGT, aunque sea de forma provisional. Si el vehículo no tiene ningún impedimento para que se realice la transferencia, lo mejor sería que le dijeras al gestor que te envíe por e-mail copia del permiso de circulación a nombre ya del comprador en cuanto lo tenga.


Antes de comprar, tendrías que haber pedido un Informe Detallado del Vehículo de la DGT , para asegurarte de que no había ningún impedimento administrativo para realizar el trámite de cambio de titularidad. El plazo para que el vendedor notifique la venta del vehículo a la DGT es de 10 días, a partir de la fecha indicada en el contrato de compraventa. Si resides en Barcelona y el vehículo tiene más de 10 años, no se trata de un vehículo histórico, y el valor determinado según tablas no supera los 40.000 € (antes de aplicar el coeficiente reductor por tiempo de utilización), no estás obligado a presentar el ITP en Hacienda y por tanto no te lo pedirán en la DGT para realizar el trámite de cambio de titularidad.


Los trámites, ofertados en vuestra web, de Cambio de Titularidad de un Vehículo el Informe de un Vehículo de la DGT, ¿los realizan Gestores Administrativos Colegiados? ¿En qué fecha consta el cambio de titularidad en la DGT, la del contrato de compraventa la del día en que se va a la DGT? Una vez presentada y firmada toda la documentación, el gestor te facilitará un permiso de circulación provisional justificante profesional para que puedas circular temporalmente con tu coche moto, mientras se tramita el Permiso de Circulación definitivo a tu nombre.



Solo ir a Hacienda de tu comunidad autónoma para presentar y pagar, en su caso, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), y después, con el justificante y resto de documentación, acudir a una oficina de la DGT con Cita Previa , puede romperte una dos mañanas.

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